II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia 05/2023 de 30 de octubre (fs. 66 a 82 vta.), el Tribunal de Sentencia N° 1, Juzgado Público de la Niñez y Adolescencia y de Sentencia N° 3 de Aiquile del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, declaró a Mauricio Ferrufino Vargas, autor y culpable de la comisión del delito de Violencia Familiar o Doméstica, previsto y sancionado por el art. 272 bis. del CP, imponiendo la pena de dos años y seis meses de privación de libertad, con costas a favor del Estado y la víctima, averiguables en ejecución de sentencia.
II.2. Apelación restringida.
Contra la referida Sentencia, el imputado Mauricio Ferrufino Vargas, formuló recurso de apelación restringida (fs. 88 a 94), que previo al memorial de subsanación de fs. 108 a 111 vta., fue resuelto por Auto de Vista 13/2023 de 6 de marzo (fs. 112 a 113), emitido por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, que declaró inadmisible el recurso planteado; por lo que, sin pronunciarse sobre el fondo de la cuestión impugnada, rechazó el recurso.
