POR TANTO
La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num. 1) de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010 y en aplicación del art. 400.II del Código de las Familias y del Proceso Familiar, ADMITE el recurso de casación cursante de fs. 451 a 460 vta., interpuesto por Irene Galvan Colque Vda. de Portillo, contra el Auto de Vista Nº 280/2024, de 09 de julio, corriente de fs. 438 a 444 vta., complementado por el Auto de 15 de julio de 2024, que sale a fs. 448, pronunciado por la Sala de Familia, Niñez y Adolescencia del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca.
La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
