CONSIDERANDO I: Antecedentes del testimonio de compulsa
Dentro del proceso de estructura monitoria de cobro de dinero seguido por Sandra Soledad Burke Pommier contra Mario Mauricio Rojas Luizaga y Silvana Luz Teresa Neri Rocabado, se interpuso la excepción de pago parcial, el cual fue resuelto por el Juez Público, Civil y Comercial 1° de Tiquipaya - Cochabamba, mediante Sentencia Definitiva de 15 de noviembre de 2022, visible de fs. 12 vta. a 13, declaró IMPROBADA dicha excepción, disponiendo la prosecución con la ejecución hasta el trance y remate de los bienes embargados.
Contra dicha determinación que fue apelada, la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, pronunció el Auto de Vista N° 127/2024 de 29 de julio, visible de fs. 22 a 23 vta., mediante el cual declaró INADMISIBLE el recurso de apelación formulado por Mario Mauricio Rojas Luizaga y Silvana Luz Teresa Neri Rocabado, arguyendo:
Que el recurso de apelación carece de argumentos que aperturen la competencia del Tribunal de alzada para atender el fondo del recurso ordinario de apelación, por lo que, se aplicó lo preceptuado por el art. 218.II num. 1 ínc. b) del Código Procesal Civil.
Contra la nombrada determinación Mario Mauricio Rojas Luizaga y Silvana Luz Teresa Neri Rocabado presentaron el recurso de compulsa que es objeto de análisis.
