POR TANTO
La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 42.I num.1 de la Ley Nº 025 del Órgano Judicial y el art. 277.I con relación al art. 220.I num. 4 ambos del Código Procesal Civil, declara IMPROCEDENTE el recurso de casación cursante de fs. 172 a 173 vta., interpuesto por María Sonia Vaca Silva, contra el Auto de Vista Nº 73/2024, de 20 de junio, corriente de fs. 166 a 169, pronunciado por la Sala Civil, Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz. Sin costas ni costos por no haber respondido el recurso de casación.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
