POR TANTO
La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num. 1 de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010 y en aplicación del art. 277.II del Código Procesal Civil, ADMITE los recursos de casación cursantes de fs. 398 a 400, formulado por Armando Padilla Acarapi, representante legal del Servicio Nacional de Patrimonio del Estado (Senape-Oruro), y de fs. 402 a 407 vta., interpuesto por Wendy Lizeth Navarro Guzmán, representante legal del Banco Central de Bolivia – BCB; contra el Auto de Vista N° 330/2024, de 17 de julio, corriente de fs. 373 a 379 vta., emitido por la Sala Civil, Comercial, de Familia, Niñez y Adolescencia Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro.
La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
