AS/1120/2024-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/1120/2024-RA

Fecha: 24-Sep-2024

CONSIDERANDO I: Antecedentes del proceso

1. Ángel José Miguel Espada Bustillo, a través del memorial cursante de fs. 30 a 35, subsanado por medio del acto procesal que cursa a fs. 38, promovió demanda ordinaria de eficacia y cumplimiento de contradocumento más resarcimiento de daños y perjuicios en contra de Martha Flores Villca, quien tras ser citada, mediante el escrito que discurre de fs. 61 a 74, respondió de forma negativa y planteó acción reconvencional de declaratoria de eficacia de documento de compraventa e ineficacia de contrato privado de venta, contrademanda, que fue tenida por no presentada mediante el Auto de 06 de septiembre de 2023, que cursa a fs. 99 vta.; desarrollándose el proceso hasta la emisión de la Sentencia Nº 103/2024, de 03 de junio, saliente de fs. 436 a 441,en la que el Juez Público Civil y Comercial 1° de Sucre, declaró PROBADA en parte la demanda principal.

2. Resolución de primera instancia que al haber sido recurrida en apelación por Martha Flores Villca, mediante el memorial que sale de fs. 448 a 463 vta., y por la Agencia Estatal de Vivienda representada por Bryan España Flores, a través del acto procesal que cursa de fs. 476 a 478 vta., originaron que la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, emita el Auto de Vista Nº 286/2024, de 07 de agosto, corriente de fs. 541 a 556 vta., por medio del cual REVOCÓ parcialmente la Sentencia de primera instancia y en el fondo declaró que no corresponde la calificación de daños y perjuicios ni a la condenda del interés legal del 6%.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Ángel José Miguel Espada Bustillo, por medio del escrito que corre de fs. 607 a 608 vta., y por Martha Flores Villca, mediante el memorial que sale de fs. 616 a 625 vta., que son objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.