CONSIDERANDO I: Antecedentes del proceso
Herminia, Gregoria y Osvaldo todos Mamani Revollo, representados por Elisa Silvia Mamani Revollo, quien por memorial de demanda que discurre de fs. 23 a 25, formalizado de fs. 49 a 51 vta., promovió el proceso ordinario de mejor derecho propietario, acción negatoria, reivindicación desocupación y entrega de bien inmueble contra Cristina Rodríguez Correa quien una vez citada, según escritos visibles de fs. 186 a 188 vta. y de fs. 193 a 197, contestó negativamente, planteó excepciones de cosa juzgada y postuló reconvención de anulabilidad de contrato por falta de consentimiento, por lo que esta última pretensión mereció el Auto de 31 de agosto de 2023, saliente a fs. 248 en la que la Juez Público, Civil y Comercial 2° de Montero - Santa Cruz, declaró EXTINGUIDA la demanda reconvencional, argumentando que no se citó a la parte demandada.
2. Auto definitivo de primera instancia que, al haber sido recurrido en reposición bajo alternativa de apelación por Cristina Rodríguez Correa, según memorial cursante a fs. 251 y vta., concedido el mismo, por el Auto de 13 de noviembre de 2023, saliente a fs. 257; dio lugar a que la Sala Civil, Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Doméstica Quinta del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emita el Auto de Vista N° 112/2024, de 17 de mayo, corriente de fs. 269 a 270 vta., que CONFIRMÓ el Auto de 30 de junio de 2020, cursante a fs. 248.
3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Cristina Rodríguez Correa según escrito cursante de fs. 275 a 276 vta., recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.
