POR TANTO
La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 42.I num. 1 de la Ley Nº 025 del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010 y el art. 274.II num. 2 en relación al art. 220.I num. 3 del Código Procesal Civil, declara IMPROCEDENTE el recurso de casación de fs. 542 a 545 vta., interpuesto por Miguel Ángel Paz Duran en representación de Orlando Padilla Valdivia contra el Auto de Vista Nº 89/2024, de 07 de agosto, cursante de fs. 535 a 538 vta., pronunciado por la Sala Civil, Comercial de Familia, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Domestica y Publica Segunda del Tribunal Departamental de Justiciad de Santa Cruz. Sin costas ni costos, por no haber respondido al recurso.
Regístrese, notifíquese y devuélvase.
