POR TANTO
La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42 num.1 de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación del art. 277.II del Código Procesal Civil, ADMITE el recurso de casación cursante de fs. 763 a 764, interpuesto por Kimberly Gorelkin Wills , Janine Wills Arce y Nicolay Gorelkin Wills contra el Auto de Vista N° 164/2024, de 18 de julio, que cursa a fs. 747 a 753, pronunciado por la Sala Civil, Comercial, Familiar, Niñez y Adolescencia, Violencia Intra Familiar o Domestica Quinta del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz.
La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
