POR TANTO
La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia de acuerdo con la facultad prevista en los arts. 180 parágrafo I de la Constitución Política del Estado, 15 parágrafo I de la Ley del Órgano Judicial, y, 1 numeral 8) y 125 del CPP, ENMIENDA el error material contenido en la parte dispositiva del Auto Supremo 354/2024 de 21 de noviembre, de "Juzgado de Instrucción Cautelar Primero en lo Pernal de la Capital del Tribunal Departamental de Tarija" por Juzgado Publico de Familia e Instrucción Penal Segundo de Bermejo Capital de la Segunda Sección de la Provincia Arce del Departamento de Tarija; manteniendo firme e inalterable en todo lo demás.
Para este efecto, por Secretaría de Sala Plena ofíciese nuevamente al Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, para que por su intermedio, remita al Juzgado Publico de Familia e Instrucción Penal Segundo de Bermejo Capital de la Segunda Sección de la Provincia Arce del Departamento de Tarija, a efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el referido Auto Supremo y la presente resolución.
Regístrese, notifíquese y cúmplase.
Romer Saucedo Gómez
PRESIDENTE
Rosmery Ruiz Martínez
DECANA
Primo Martínez Fuentes
MAGISTRADO
Carlos Alberto Egüez Añez
MAGISTRADO
Carlos Eduardo Ortega Sivila
MAGISTRADO
Ricardo Torres Echalar
MAGISTRADO
Fanny Coaquira Rodríguez
MAGISTRADA
Norma Velasco Mosquera
MAGISTRADA
Germán Saúl Pardo Uribe
MAGISTRADO
Walther Iván Barriga Flores
SECRETARIO DE SALA
SALA PLENA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
