III. ARGUMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
De la revisión del memorial de Recurso de Casación presentado el 18 de julio de 2024, se observa que la recurrente expone los siguientes agravios:
1.- El demandante afirmó que le pagaban Bs500 (quinientos 00/100 bolivianos) y con su demanda únicamente pretende el pago de los salarios adeudados desde diciembre de 2020 al 18 de febrero de 2022, por lo que, correspondería el pago de la suma de Bs55.396 (cincuenta y cinco mil trescientos noventa y seis 00/100 bolivianos) y no así del exorbitante importe determinado en Sentencia, aspectos que no habrían sido considerados por el Tribunal de Alzada.
2.- Vulneración de los principios constitucionales previstos en el art. 180 de la Constitución Política del Estado (CPE), alegando que el Tribunal de Alzada se limitó a expresar que no se han fundamentado los agravios efectuados por la Juez A quo, sin considerar que al momento de recurrir se ha reclamado que dicha autoridad no ha efectuado una adecuada valoración de los términos de la demanda y las versiones emitidas por el demandante.
