III. ARGUMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
Contra el referido Auto de Vista, William Remberto Medrano Reyes interpuso Recurso de Casación de fs. 991 a 996, señalando los siguientes argumentos:
1.- Error de hecho y de derecho en la valoración de las pruebas cursantes de fs. 2 a 3, 16, 17, 18, 76 a 79, 187, 193 a 194 y 276 a 277 de obrados, toda vez que, las mismas acreditarían que cumplió funciones como Director de Bienestar Universitario en los periodos: 1) Del 4 de septiembre de 2015 al 10 de enero de 2017; y 2) Del 27 de junio de 2017 al 21 de diciembre de 2018; sin embargo, no se le otorgó una nivelación salarial conforme al cargo desempeñado.
2.- Errónea aplicación del art. 19 del Reglamento Específico del Sistema de Administración de Personal de la UMRPSFXCH, al establecer el Tribunal de Alzada que no corresponde un salario conforme al cargo jerárquico cumplido, dado que el funcionario aceptó la condición de ejercer la suplencia manteniendo el mismo nivel salarial.
El recurrente solicitó se case el Auto de Vista 146/2023 de 8 de septiembre, de fs. 979 a 981.
