AS/0079/2025
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0079/2025

Fecha: 05-Feb-2025

CONSIDERANDO I: Antecedentes del testimonio de compulsa

Dentro del proceso extraordinario de interdicto de recuperar la posesión seguido por Calixto Chocala representado por Luis Chocala Zenteno contra Yolanda Castillo Segovia Vda. de Garzón, María Silvia Garzón Castillo y Emilse Marisol Albornoz Garzón, el Juzgado Público Mixto Civil y Comercial de Familia, Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal 1° de San Lorenzo - Tarija, mediante Sentencia N° 42/2022, de 30 de noviembre, declaró IMPROBADA la demanda de acción de interdicto de recobrar la posesión, disponiendo que las demandadas se retiren del lote en el plazo de 03 días bajo alternativa de desalojo, asimismo se oficie y se notifique a instituciones públicas como la Alcaldía de San Lorenzo, el Comando de la Policía, el Servicio Departamental de Gestión Social, Ministerio de Obras Públicas para la entrega del inmueble con minuta de trasferencia y adjudicación, por último se haga la entrega del lote bajo alterativa de librarse mandamiento de desapoderamiento.

Resolución de primera instancia y que al haber sido recurrida en apelación por Yolanda Castillo Segovia Vda. de Garzón, María Silvia Garzón Castillo y Emilse Marisol Albornoz Garzón, la Sala Civil y Comercial de Familia y de Niñez y Adolescencia Pública Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, mediante Auto de Vista N° 226/2024, de 01 de noviembre, cursante de fs. 52 a 54 vta., declaró INADMISIBLE el recurso de apelación, como consecuencia de la extemporaneidad del recurso interpuesto, aspecto que impidió que el Tribunal de alzada ingrese a resolver el fondo del recurso ordinario de apelación, por lo que, se aplicó lo preceptuado por el art. 218.II num. 1 ínc. a) del Código Procesal Civil.

Contra la referida determinación Yolanda Castillo Segovia Vda. de Garzón, María Silvia Garzón Castillo y Emilse Marisol Albornoz Garzón, presentaron recurso de compulsa de fs. 59 a 60 vta. que es objeto de análisis.