AS/0141/2025
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0141/2025

Fecha: 25-Feb-2025

CONSIDERANDO II: Del recurso de casación.

1. Mediante el recurso de casación que se analiza, la recurrente Elizabeth Chocllu Díaz, acusó:

Transgresión y mala interpretación del art. 145 del Sustantivo Civil referente a la prueba, ya que no se consideró lo que establece el mencionado precepto legal concerniente a que la autoridad judicial al momento de pronunciar su resolución tiene la obligación de considerar todas y cada una de las pruebas producidas, individualizando cuales le ayudaron a tomar convicción y cuales fueron desestimadas, aspecto que no se ha realizado en el presente caso de autos. Pues la recurrente afirma que la autoridad de primera instancia no individualizó la prueba y tampoco le otorgó el valor correspondiente a cada uno de los medios probatorios, en especial a la que fue presentada consistente en las certificaciones médicas en las cuales se establece su internación en el psiquiátrico “Gregorio Pacheco”, que fue uno de los puntos de probanza que se planteó en la audiencia preliminar, siendo esta literal una nota de internación, la cual está firmada por el demandado, por lo que se tiene demostrado que él tuvo conocimiento del estado de salud en el que se encontraba la demandante.

Por las consideraciones expuestas, solicita se emita un Auto Supremo que case totalmente el Auto de Vista.

De la contestación al recurso de casación.

El recurso de casación descrito no ha sido objeto de contestación en tiempo y forma oportunos ante el Tribunal de segundo grado.