IV. CONTESTACIÓN AL RECURSO DE CASACIÓN
Mediante memorial cursante de fs. 437 a 439 vta., el demandante contestó al Recurso de Casación planteado, bajo los siguientes argumentos:
En cuanto a la forma, señaló que no se vulneró el debido proceso, los derechos a la defensa y justicia pronta, igualdad de las partes, los principios de independencia, imparcialidad, seguridad jurídica, celeridad, probidad e impugnación, limitándose la Empresa recurrente a mencionar los arts. 115.II, 119, 178 y 180 de la CPE.
La Empresa recurrente omitió señalar de forma concreta en qué parte del Auto de Vista recurrido existen vulneraciones, repitiendo que sus pruebas, tanto del informe de auditoría y de las copias del proceso penal, no fueron valoradas como se pretendía, además de reiterar la inexistencia de fundamentación y motivación correcta, cuando en realidad la Resolución recurrida establece de manera fundada en su parte considerativa, en congruencia con su por tanto, debido a que los Vocales se pronunciaron sobre los agravios, siendo en los hechos solo un fundamento dilatorio.
En cuanto al fondo señala que, durante la sustanciación del proceso aportó y probó con pruebas documentales y testificales los extremos de su demanda, siendo evidente que, bajo el principio de inversión de la prueba, la Empresa demandada no demostró el pago de sus beneficios sociales y sueldos devengados dentro del término establecido por ley, al ser evidente la dependencia existente con el empleador traducido en una remuneración económica, así como el despido forzoso.
Pide se declare “IMPROCEDENTE EL INFUNDADO RECURSO con costas y honorarios profesionales”(sic).
