POR TANTO
La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num. 1 de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010 y en aplicación del art. 277.II del Código Procesal Civil, ADMITE el recurso de casación cursante de fs. 405 a 411 vta., interpuesto por Edith Pereira Ardaya representada por German Alejandro Cardona Herrera en su condición de defensor de oficio contra el Auto de Vista Nº 123/2024 de 29 de agosto, corriente de fs. 397 a 402 vta., que resuelve la Sentencia N° 05/2022 de 25 de abril, cursante de fs. 305 a 309 vta. pronunciado por la Sala Civil, Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Domestica y Publica Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz; asimismo, se declara IMPROCEDENTE el medio de impugnación respecto a las Resoluciones de 14 de junio de 2021.
La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
