AS/0198/2025
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0198/2025

Fecha: 05-Mar-2025

POR TANTO

La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num. 1 de la Ley Nº 025 del Órgano Judicial y en aplicación a lo previsto en el art. 220.III del Código Procesal Civil, ANULA el Auto de Vista Nº 507/2024, de 14 de agosto y su Auto complementario de 27 de agosto de 2024, que corren de fs. 1086 a 1089 vta. y a fs. 1102 y vta., respectivamente, pronunciados por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz y dispone que el Tribunal Ad quem, sin espera de turno y previo sorteo pronuncie nuevo Auto de Vista debidamente fundamentado, motivado, congruente y exhaustivo, resolviendo todos los puntos de reclamos o agravios que contiene el recurso de apelación interpuesto por la Empresa Boliviana de Bienes Raíces BBR S.A. representado legalmente por Carmen Nieves López Díaz, mediante escrito de fs. 1026 a 1037.

En vista del efecto anulatorio reiterativo que conlleva retardación de justicia, se impone a los Vocales suscribientes del fallo, el descuento de un día de haber a ser deducido por la Dirección Administrativa y Financiera; exhortándose mayor diligencia en la tramitación de las causas sometidas a su conocimiento a fin de evitar la demora innecesaria en la conclusión de los mismos.

En cumplimiento a lo establecido por el art. 17.IV de la Ley del Órgano Judicial, remítase copia de la presente resolución al Consejo de la Magistratura para que tome conocimiento del caso.

Regístrese, comuníquese y devuélvase.

Relatora: Mgda. Fanny Coaquira Rodríguez.