AS/0334/2025-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0334/2025-RA

Fecha: 11-Abr-2025

CONSIDERANDO I: Antecedentes del proceso

Agustín Valverde De Los Ríos e Ines Juany Barriga de Valverde por memorial de demanda que discurre de fs. 8 a 9, subsanado a fs. 16 y vta., promovió proceso ordinario de nulidad de escritura pública sobre contrato de préstamo de dinero con garantía hipotecaria, contra Julio Ariel Arambulo Velasco, quien una vez citado, según escrito de fs. 23 a 32 contesta negativamente; desarrollando de esta manera la causa hasta pronunciarse la Sentencia Nº 142/2023 de 13 de junio, que cursa de fs. 130 a 134 vta., en la que la Juez Público Civil y Comercial 29º de la ciudad de Santa Cruz, declaró PROBADA la demanda en consecuencia, se declaró la nulidad de la Escritura Pública Nº 36/2019 de 11 de enero, otorgado por la Notaria de Fe Pública Nº 14 del distrito de Santa Cruz a cargo del abogado Rene Vicente Arzabe suscrita entre Julio Ariel Arambulo Velasco en su calidad de acreedor y los demandantes en su condiciones de deudores, sobre un préstamo de dinero de $us. 19.000.-, y en ejecución de fallos oficiar a la señalada Notaria a efectos de hacer conocer la determinación de primera instancia y registre protocolo de dicha nulidad, sea con costos y costas.

2. Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrida en apelación por Julio Ariel Arambulo Velasco según escrito de fs. 137 a 143, originó que la Sala Civil y Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emita el Auto de Vista N° 92/2023, de 22 de diciembre, corriente de fs. 166 a 169 vta., donde se CONFIRMÓ la Sentencia apelada.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Julio Ariel Arambulo Velasco por memorial de fs. 174 a 180 vta., emitiéndose en consecuencia el Auto Supremo N° 278/2024 de 8 de abril, cursante de fs. 195 a 201, que ANULÓ el Auto de Vista disponiendo se emita nuevo fallo que resuelva todas las acusaciones del recurso de alzada.

4. En cumplimiento a dicha determinación la Sala Civil y Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, pronunció el Auto de Vista N° 32/2024, de 29 de mayo, corriente de fs. 209 a 218, donde se REVOCÓ la Sentencia Nº 142/2023 de 13 de junio, que cursa de fs. 130 a 134 vta., disponiendo declarar IMPROBADO la demanda principal interpuesta por Agustín Valverde De Los Ríos e Ines Juany Barriga de Velarde.

5. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Agustín Valverde De Los Ríos e Ines Juany Barriga de Velarde según escrito visible de fs. 228 a 233, recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.