POR TANTO
La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la atribución conferida por el art. 38 núm. 8 de la Ley del Órgano Judicial, los arts. 503 y 507 del Código Procesal Civil, HOMOLOGA la Sentencia de Divorcio No. 324/2015, publicada el 19 de marzo de 2015, con Registro General No. 791/2015, emitido por el Tribunal de Bolzano, Mgdo. Ulrike Ceresara (Presidente), Mgdo. Morris Recla (Juez), y Mgdo. Giulio Scaramuzzino (Juez), emitido en Bolzano, República de Italia, que disuelve el vínculo matrimonial entre Fabiola Miranda y Daniel Miribung.
En aplicación del art. 507.IV del CPC, se ordena su cumplimiento al Juez Público en Materia Familiar de Turno del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, para que en ejecución de Sentencia a través del SERECI – Chuquisaca, se proceda a la Cancelación de la Partida Matrimonial registrada en la Oficialía No. CHBE T, Libro No. 01 – 07, Partida No. 084, fecha de inscripción, 15 de marzo de 2008; correspondiente a Fabiola Miranda y Daniel Miribung.
A ese efecto, por Secretaría de Sala Plena, líbrese provisión ejecutoria adjuntándose copia legalizada de la presente resolución, asimismo procédase al desglose de la documental adjunta en original, debiendo quedar en su lugar fotocopias legalizadas.
Regístrese, notifíquese y archívese.
Romer Saucedo Gómez
PRESIDENTE
Rosmery Ruiz Martínez
DECANA
Primo Martínez Fuentes
MAGISTRADO
Carlos Alberto Egüez Añez
MAGISTRADO
Carlos Eduardo Ortega Sivila
MAGISTRADO
Ricardo Torres Echalar
MAGISTRADO
Fanny Coaquira Rodríguez
MAGISTRADA
Norma Velasco Mosquera
MAGISTRADA
Germán Saúl Pardo Uribe
MAGISTRADO
Dra. Paola Berbetty Von Borries
SECRETARIA DE SALA PLENA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
