POR TANTO
La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, de conformidad a los arts. 505 y 507 parágrafo IV del CPC, HOMOLOGA Y CONCEDE FUERZA EJECUTORIA a la Sentencia N° 116/2020 de 25 de mayo de 2020 pronunciada por el Juzgado de 1ra. Instancia N° 85 de Madrid del Reino de España (fs. 2 a 3) y Convenio Regulador de 8 de octubre de 2019 (fs. 5 a 9), que es parte inseparable de la Sentencia.
Consecuentemente, en aplicación a la norma contenida en el art. 507 parágrafo IV del CPC, se ordena su cumplimiento al Juez Público en Materia Familiar de Turno del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, para que en ejecución de sentencia proceda a la cancelación de la Partida Nº 19, Folio N° 19, Libro N° 3-10MADRID, a cargo de la Oficialía de Registro Civil N° ESP01, del Departamento de La Paz, Provincia Murillo, Localidad Nuestra Señora de La Paz, con fecha de partida de 4 de diciembre de 2010.
A ese efecto, por Secretaría de Sala Plena, líbrese provisión ejecutoria adjuntándose copia legalizada de la presente resolución, asimismo procédase al desglose de la documental que cursa de fs. 1 a 18, debiendo quedar en su reemplazo, copias legalizadas.
Regístrese, notifíquese y archívese.
Romer Saucedo Gómez
PRESIDENTE
Rosmery Ruiz Martínez
DECANA
Primo Martínez Fuentes
MAGISTRADO
Carlos Alberto Egüez Añez
MAGISTRADO
Carlos Eduardo Ortega Sivila
MAGISTRADO
Ricardo Torres Echalar
MAGISTRADO
Fanny Coaquira Rodríguez
MAGISTRADA
Norma Velasco Mosquera
MAGISTRADA
Germán Saúl Pardo Uribe
MAGISTRADO
Dra. Paola Berbetty Von Borries
SECRETARIA DE SALA PLENA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
