CONSIDERANDO I: Antecedentes del proceso
1. Yenny Dorado Ramos por memorial de demanda que discurre de fs. 9 a 10 vta., formalizada y subsanada de fs. 30 a 31, reiterada de fs. 34 a 35 vta., promovió el proceso ordinario de nulidad de contrato, contra Alfredo Alcocer Camacho, quien una vez citado, contestó de manera negativa a la demanda mediante escrito de fs. 64 a 67 vta.; desarrollándose de esta manera la causa hasta pronunciarse la Sentencia N° 5/2024, de 06 de marzo, que cursa de fs. 96 a 98, en la que la Juez Público Mixto Civil, Comercial y de Familia 2° de Guayaramerin - Beni, declaró IMPROBADA la demanda de nulidad de contrato de venta con pacto de rescate y cancelaciones de registros de propiedad de Derechos Reales con costas.
2. Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrida en apelación por Yenny Dorado Ramos, según escrito de fs. 104 a 107 vta., originó que la Sala Civil Mixta, de Familia, Niñez, Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Domestica y Pública del Tribunal Departamental de Justicia de Beni, emita el Auto de Vista N° 242/2024, de 02 de octubre, corriente de fs. 135 a 137 vta., que CONFIRMÓ la Sentencia apelada, en base a los siguientes argumentos:
Que, el contrato de venta con pacto de rescate contenido en la Escritura Pública N° 562/2018, de 12 de diciembre, cursante de fs. 1 a 3, es un contrato de venta inserto en la Matrícula N° 8.02.2.01.0003743, bajo la modalidad de pacto de rescate, el cual tiene por causa (fin económico social), que la Vendedora Yenny Ramos Dorado transfiere el inmueble antes descrito a cambio del pago de un precio, con la posibilidad de rescatarlo en el plazo pactado, que al cumplirse la venta se perfeccionó a favor del comprador Alfredo Alcocer Camacho, cumpliéndose el fin económico social cual es la causa del contrato de venta, de lo que se concluye que en el contrato de venta con pacto de rescate no existió causa ilícita.
3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Yenny Dorado Ramos, según escrito corriente de fs. 141 a 148 vta., medio de impugnación, que es materia de análisis.
