AS/0496/2025
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0496/2025

Fecha: 27-May-2025

CONSIDERANDO II: Del recurso de casación y su contestación

1. Mediante el recurso de casación que se analiza, el recurrente acusó:

a) Vulneración del art. 115.I de la Constitución Política del Estado y del art. 3 num. 12 de la Ley del Órgano Judicial, toda vez que la resolución recurrida carece de fundamentación, motivación y congruencia, ya que el Tribunal de alzada no contestó a cada uno de los agravios individualizados y determinados en el recurso de apelación, respondieron de manera general, sin considerar los antecedentes fácticos y jurídicos, menos la parte actora acreditó los hechos alegados en el escrito de la demanda, siendo la misma defectuosamente propuesta, extremo que no fue considerado por la Juez A quo, aspectos que no fueron considerados por el Tribunal Ad quem, siendo el Auto de Vista carente de fundamentación, motivación y congruencia.

b) El proceso se sustanció la presente causa en primera instancia sin la debida competencia en razón de territorio, pues existiendo un Juzgado en materia Civil y Comercial en la localidad de Viacha que es donde se encuentra asentado el inmueble objeto de la demanda, el Juzgado Público Civil y Comercial 8 de la ciudad de El Alto tenía la obligación de declararse incompetente, refiriendo que la nulidad por falta de competencia puede declararse inclusive de oficio,

Fundamentos por los cuales el recurrente solicitó se revoque el Auto de Vista debiendo pronunciar una nueva resolución anulatoria obrados hasta la admisión de la demanda.

2. De la contestación al recurso de casación

Kenneth Katherine Jurado Lozano contestó al recurso de casación según escrito que cursa de fs. 158 a 165, con los siguientes fundamentos:

1. Manifestó que el Auto de Vista cuenta con la debida fundamentación y motivación y las acusaciones del recurrente resultan ser simples enunciados; el objeto del proceso ha sido adecuadamente determinado; en consecuencia, tanto el Auto de Vista como la Sentencia se respaldan con documentación idónea, que no ha sido enervada por la parte demandada, siendo correcta la decisión de las autoridades judiciales correspondientes.

Argumentos por los cuales solicita se declare infundado el recurso de casación, con costas y costos.