POR TANTO
La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la atribución conferida por los art. 41 y 42.I num.1 de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010 y en aplicación del art. 277.II del Código Procesal Civil, ADMITE el recurso de casación cursante de fs. 4156 a 4166, interpuesto por el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, representado por Hernán Iván Arias Duran mediante su apoderado Juan Roberto del Granado Mena, contra el Auto de Vista N° 844/2024, de 29 de noviembre, corriente de fs. 4137 a 4147 vta., pronunciado por la Sala Civil Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz.
La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
