Resolución RE/0030/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Resolución RE/0030/2019

Fecha: 22-May-2019

PARTES:

PARTES: Empresa Constructora “CIBO SERRUDO” contra el Ministerio de Justicia.

MAGISTRADO: Carlos Alberto Egüez Añez.

VISTOS EN SALA PLENA: Los memoriales de fs. 876 y vta., 888 y vta., ratificada a fs. 889, presentados por José Luis Pérez Torres, Alcalde Municipal del Gobierno Autónomo Municipal de Presto, provincia Zudañez del Departamento de Chuquisaca, dentro del proceso contencioso seguido por Walter Desiderio Gutiérrez Capriles, en representación legal de la empresa unipersonal "CIBO SERRUDO" contra el Ministerio de Justicia y el Municipio impetrante, los antecedentes.

CONSIDERANDO I: Que José Luis Pérez Torres, en su condición de Alcalde Municipal del Gobierno Autónomo Municipal de Presto, habiendo sido notificado el 31 de octubre de 2018 con la Sentencia N° 48/2018 de 31 de enero, de fs. 762 a 770 vta., que declaró probada en parte la demanda interpuesta por Walter Desiderio Gutiérrez Capriles, representante legal de la empresa unipersonal "CIBO SERRUDO", solicita corrección de una parte del párrafo que no es congruente con la parte resolutiva, señalando:

1. Que, la sentencia de marras, en su parte resolutiva condena el pago de un saldo a favor del demandante, igualmente establece de forma clara quienes son los obligados al pago de dicho saldo, con bastante asidero considerativo resuelve no reconocer el pago de lucro cesante y daño emergente, precisamente porque esta pretensión no fue debidamente fundamentada ni probada en el proceso. Sin embargo, en la parte in fine de las conclusiones, del mencionado fallo, señala que debe establecer en ejecución de sentencia el pago de daño emergente y lucro cesante, contrariando la fundamentación que motivadamente fuere expuesta.

2. La parte adversa se valió de ese lapsus calami, para violar los principios de honestidad y buena fe procesal, impetrando el pago de daños y perjuicios, a través de una liquidación temeraria y ventajosa, al valerse de una parte de la sentencia de rigor considerativo, por lo que solicita se rectifique dicho lapsus calami.