Resolución RE/0039/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Resolución RE/0039/2019

Fecha: 14-Ago-2019

CONSIDERANDO: Que la inactividad procesal, como uno de los modos de extinción del proceso, es


VISTOS EN SALA PLENA: La demanda contenciosa administrativa interpuesta por la Agencia Despachante de Aduanas Quiroga & Quiroga contra la Autoridad General de Impugnación Tributaria, los antecedentes del proceso, y;

CONSIDERANDO: Que la inactividad procesal, como uno de los modos de extinción del proceso, es operable cuando la parte actora abandona la tramitación del juicio sin haber efectuado actos de procedimiento que le incumben, para dar movimiento al proceso dentro de los plazos legales previstos por la normativa procesal aplicable, actos que por su naturaleza son aquellos que instan al desarrollo del proceso, produciendo resultados legales y efectivos a cargo necesariamente de la parte demandante por corresponderle según el estado del trámite, puesto que su dejadez ocasionaría la paralización inevitable del proceso si no son realizados en su oportunidad y dentro de los plazos que prevé el procedimiento, lo cual impone que el órgano jurisdiccional competente en ejercicio de la potestad que emana de la ley, declare la extinción del trámite por el abandono en que incurre la parte demandante; al ser una obligación de los jueces y tribunales el de concluir de alguna de las formas que prevé la ley, los procesos judiciales sometidos a su conocimiento