RESUELVE
Primero: Declararse INHIBIDA para dirimir el conflicto de jurisdicciones entre la Fiscalía 146 Penal Militar y Policial de Bogotá y la Fiscalía 298 Seccional de la misma ciudad, por las razones expuestas en la presente decisión.
Segundo: REMITIR el expediente CJU-6751 a la Fiscalía 298 Seccional de Bogotá, para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados.
Notifíquese, comuníquese y cúmplase.
JORGE ENRIQUE IBÁÑEZ NAJAR
Presidente
Ausente con excusa
NATALIA ÁNGEL CABO
Magistrada
CARLOS CAMARGO ASSIS
Magistrado
HECTOR ALFONSO CARVAJAL LONDOÑO
Magistrado
JUAN CARLOS CORTÉS GONZÁLEZ
Magistrado
LINA MARCELA ESCOBAR MARTÍNEZ
Magistrada
VLADIMIR FERNÁNDEZ ANDRADE
Magistrado
PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA
Magistrada
MIGUEL POLO ROSERO
Magistrado
ANDREA LILIANA ROMERO LOPEZ
Secretaria General
