RESUELVE
PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Promiscuo del Circuito de La Ciudad Verde y el Resguardo Indígena de Azulejo y DECLARAR que el Juzgado Promiscuo del Circuito de La Ciudad Verde es la autoridad competente para conocer del proceso penal seguido en contra de Carlos por el delito de acceso carnal violento agravado.
SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-6690 al Juzgado Promiscuo del Circuito de La Ciudad Verde para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y a las autoridades indígenas del Resguardo Indígena de Azulejo.
Notifíquese, comuníquese y cúmplase.
JORGE ENRIQUE IBÁÑEZ NAJAR
Presidente
NATALIA ÁNGEL CABO
Magistrada
HECTOR ALFONSO CARVAJAL LONDOÑO
Magistrado
JUAN CARLOS CORTÉS GONZÁLEZ
Magistrado
LINA MARCELA ESCOBAR MARTÍNEZ
Magistrada
VLADIMIR FERNÁNDEZ ANDRADE
Magistrado
PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA
Magistrada
MIGUEL POLO ROSERO
Magistrado
JOSE FERNANDO REYES CUARTAS
Magistrado
ANDREA LILIANA ROMERO LOPEZ
Secretaria General
