RESUELVE
Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 038 Administrativo de Medellín, Antioquia, y el Juzgado 002 Laboral del Circuito de Envigado, Antioquia, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 002 Laboral del Circuito de Envigado es la autoridad competente para conocer de la demanda ordinaria laboral promovida por John Jairo Díaz Cañas en contra del municipio de Envigado la Administradora Colombiana de Pensiones - Colpensiones.
Segundo. REMITIR el expediente CJU-6807 al Juzgado 002 Laboral del Circuito de Envigado para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite, como también al Juzgado 038 Administrativo de Medellín.
Notifíquese, comuníquese y cúmplase.
JORGE ENRIQUE IBÁÑEZ NAJAR
Presidente
NATALIA ÁNGEL CABO
Magistrada
HECTOR ALFONSO CARVAJAL LONDOÑO
Magistrado
JUAN CARLOS CORTÉS GONZÁLEZ
Magistrado
LINA MARCELA ESCOBAR MARTÍNEZ
Magistrada
VLADIMIR FERNÁNDEZ ANDRADE
Magistrado
PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA
Magistrada
MIGUEL POLO ROSERO
Magistrado
JOSE FERNANDO REYES CUARTAS
Magistrado
ANDREA LILIANA ROMERO LOPEZ
Secretaria General
