Temas-Subtemas
Auto A-1317/25
COMPETENCIA DE LA JURISDICCIÓN ORDINARIA CIVIL-Conocimiento de acciones populares o de grupo cuando el sujeto pasivo es un particular cuya acción u omisión no supone ejercicio de funciones administrativas
REPÚBLICA DE COLOMBIA
CORTE CONSTITUCIONAL
Sala Plena
AUTO 1317 de 2025
Referencia: expedientes CJU-6825, 6868, 6871 y 6878
Asunto: conflictos de jurisdicciones suscitados entre el Juzgado 001 Civil del Circuito de Roldanillo (Valle del Cauca) y los Juzgados 001 y 004 Administrativos del Circuito de Cartago (Valle del Cauca)
Magistrado ponente:
José Fernando Reyes Cuartas
Bogotá, D. C., cuatro (4) de septiembre de dos mil veinticinco (2025)
