RESUELVE
Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 005 Civil Municipal y el Juzgado 001 Administrativo, ambos de Florencia, Caquetá, en el sentido de DECLARAR que corresponde a la jurisdicción ordinaria en su especialidad laboral conocer la demanda ejecutiva promovida el Hospital Departamental María Inmaculado E.S.E., contra la Gobernación del Cauca y la Secretaría de Salud del Cauca.
Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-6873 al Juzgado 002 Laboral del Circuito de Florencia para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a las otras autoridades judiciales en conflicto, a los sujetos procesales y a las partes interesadas. Ello, a partir de las consideraciones expuestas en la presente providencia.
Notifíquese, comuníquese y cúmplase.
JORGE ENRIQUE IBÁÑEZ NAJAR
Presidente
NATALIA ÁNGEL CABO
Magistrada
HECTOR ALFONSO CARVAJAL LONDOÑO
Magistrado
JUAN CARLOS CORTÉS GONZÁLEZ
Magistrado
LINA MARCELA ESCOBAR MARTÍNEZ
Magistrada
VLADIMIR FERNÁNDEZ ANDRADE
Magistrado
PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA
Magistrada
MIGUEL POLO ROSERO
Magistrado
JOSE FERNANDO REYES CUARTAS
Magistrado
ANDREA LILIANA ROMERO LOPEZ
Secretaria General
