II. NORMA DEMANDADA
4. A continuación, se transcribe y subraya la disposición demandada:
Ley 2141 de 2021
(agosto 10)
Diario Oficial No. 51.762 de 10 de agosto de 2021
Por medio de la cual se modifican los artículos 239 y 240 del CST, con el fin de establecer el fuero de paternidad
El Congreso de Colombia
Decreta:
Artículo 1o. Modifíquense los numerales 2 y 3 del artículo 239 del Código Sustantivo del Trabajo y adiciónese 1 numeral nuevo, así:
Artículo 239. Prohibición de despido.
( )
5. Se prohíbe el despido de todo trabajador cuya cónyuge, pareja o compañera permanente se encuentre en estado de embarazo o dentro de las dieciocho (18) semanas posteriores al parto y no tenga un empleo formal. Esta prohibición se activará con la notificación al empleador del estado de embarazo de la cónyuge, pareja o compañera permanente, y una declaración, que se entiende presentada bajo la gravedad del juramento, de que ella carece de un empleo. La notificación podrá hacerse verbalmente o por escrito. En ambos casos el trabajador tendrá hasta un (1) mes para adjuntar la prueba que acredite el estado de embarazo de su cónyuge o compañera permanente. Para tal efecto, serán válidos los certificados médicos o los resultados de exámenes realizados en laboratorios clínicos avalados y vigilados por las autoridades competentes. (Subrayado y negrita añadidos por los accionantes).
- Encabezado
- Sentencia
- I. ANTECEDENTES
- II. NORMA DEMANDADA
- III. LA DEMANDA[3]
- IV. INTERVENCIONES
- Intervenciones que solicitan la inhibición y, en subsidio, la exequibilidad
- Intervenciones que solicitan la exequibilidad condicionada
- V. CONCEPTO DE LA PROCURADORA GENERAL DE LA NACIÓN
- VII. DECISIÓN
- RESUELVE
- Aclaración de Voto
