Sentencia C-098/25
Corte Constitucional de Colombia

Sentencia C-098/25

Fecha: 20-Mar-2025

RESUELVE

Primero. Declarar la EXEQUIBILIDAD CONDICIONADA de las expresiones “declarando de viva voz” y “[l]os mudos podrán hacer esta declaración, escribiéndola a presencia del notario y los testigos”, previstas en el inciso primero del artículo 1080 del Código Civil, bajo el entendido de que las personas en situación de discapacidad podrán declarar su intención de otorgar un testamento cerrado por conducto de los ajustes razonables y apoyos que sean necesarios para la efectiva exteriorización de su voluntad.

Segundo. Declarar la EXEQUIBILIDAD CONDICIONADA de la expresión: “y de manera que el notario y los testigos lo vean, oigan y entiendan”, contenida en el inciso primero del artículo 1080 del Código Civil, bajo el entendido de que las personas en situación de discapacidad, bien sea en su calidad de testigos o de notarios, podrán valerse de los ajustes razonables y apoyos que sean necesarios para la efectiva comprensión y entendimiento de la declaración emitida por el testador.

Notifíquese, comuníquese y cúmplase.

JORGE ENRIQUE IBÁÑEZ NAJAR

Presidente

NATALIA ÁNGEL CABO

Magistrada

Ausente con comisión

JUAN CARLOS CORTÉS GONZÁLEZ

Magistrado

DIANA FAJARDO RIVERA

Magistrada

Ausente con permiso

VLADIMIR FERNÁNDEZ ANDRADE

Magistrado

PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA

Magistrada

CRISTINA PARDO SCHLESINGER

Magistrada

MIGUEL POLO ROSERO

Magistrado

JOSE FERNANDO REYES CUARTAS

Magistrado

ANDREA LILIANA ROMERO LOPEZ

Secretaria General