I. SINTESIS DE LA DECISIÓN
Martha interpuso acción de tutela contra la Universidad debido a que dicha institución la desafilió del servicio especial de salud y esta situación, en su concepto, afectaba no solo su salud, sino que impactaba la relación de cuidado que tiene con su hijo en situación de discapacidad. La institución accionada adujo que esta determinación se fundamentó en que la demandante venía realizando cotizaciones como independiente al sistema de seguridad social, circunstancia que desvirtuaba la dependencia económica de su esposo en condición de pensionado y, por ende, el incumplimiento del requisito para ostentar la calidad de beneficiario.
El juez de primera instancia declaró la improcedencia del amparo al considerar que la accionante podía acudir al medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho para controvertir la decisión adoptada por la Universidad. Además, advirtió que no se probó la existencia de circunstancias que permitieran inferir un perjuicio irremediable. La decisión fue confirmada en su integridad por el juez de segunda instancia.
Luego de estudiar la procedencia de la acción de tutela y delimitar el objeto del debate, la Sala reiteró la jurisprudencia constitucional relacionada con la garantía de los derechos a la salud y al cuidado. Al resolver el caso concreto, encontró que la entidad accionada desconoció los derechos fundamentales de la accionante al desafiliarla del servicio especial de salud con fundamento en una valoración de su situación económica que no se acompasaba con su realidad socio económica. Además, concluyó que dicha decisión desconoció e invisibilizó su rol como mujer cuidadora de una persona con una condición de discapacidad.
En consecuencia, la Sala resolvió ordenar la afiliación de la accionante como beneficiaria de Pedro en el servicio especial de salud. Así mismo, exhortó a la entidad accionada, a los jueces de instancia y, en general, a las autoridades administrativas y judiciales para que garanticen la equidad de género y la no discriminación en el análisis y resolución de los procedimientos administrativos y las causas judiciales que conozcan en desarrollo de sus labores.
