Sentencia T-311/25
Corte Constitucional de Colombia

Sentencia T-311/25

Fecha: 22-Jul-2025

RESUELVE

PRIMERO.– REVOCAR, por las razones expuestas en esta providencia, la sentencia del 10 de diciembre de 2024 proferida por el Juzgado Cuarto Civil Municipal de Cartagena. En consecuencia, TUTELAR DE MANERA TRANSITORIA los derechos al trabajo, a la salud, y a la estabilidad laboral reforzada del señor Francisco, por las consideraciones expuestas en esta providencia.

SEGUNDO.– ORDENAR a la empresa Seguridad Atlas Ltda. que, dentro de las 72 horas siguientes a la notificación de esta decisión, proceda a reintegrar de manera transitoria al señor Francisco al cargo que desempeñaba o a otro en el que se garanticen las mismas condiciones laborales.

TERCERO.– ADVERTIR al señor Francisco que, dentro de los 4 meses siguientes a la notificación de esta sentencia, deberá presentar la demanda respectiva en contra de la empresa Seguridad Atlas Ltda ante el juez competente, so pena de que cesen los efectos de esta providencia. En todo caso, luego de interpuesto el proceso judicial, los efectos de esta sentencia se mantendrán vigentes hasta que exista una decisión de fondo ejecutoriada en el proceso ordinario laboral que se adelante.

CUARTO. – DESVINCULAR del proceso de tutela al Ministerio del Trabajo, a la Oficina del Trabajo – Dirección Territorial Bolívar, a la Administradora Colombiana de Pensiones - Colpensiones y Axa Colpatria Seguros de Vida S.A., por carecer de legitimación en la causa por pasiva.

QUINTO.– Por la Secretaría General de la Corte, LÍBRENSE las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto Ley 2591 de 1991, para los fines allí contemplados.

Notifíquese, comuníquese, cúmplase.

VLADIMIR FERNÁNDEZ ANDRADE

Magistrado

JORGE ENRIQUE IBÁÑEZ NAJAR

Magistrado

MIGUEL POLO ROSERO

Magistrado