RESUELVE
PRIMERO. DECLARAR la carencia actual de objeto por situación sobreviniente, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de esta providencia.
SEGUNDO. DESVINCULAR del presente trámite al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.
TERCERO. Por Secretaría General, LÍBRENSE las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Notifíquese, comuníquese y cúmplase.
JORGE ENRIQUE IBÁÑEZ NAJAR
Magistrado
PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA
Magistrada
MIGUEL POLO ROSERO
Magistrado
ANDREA LILIANA ROMERO LOPEZ
Secretaria General
