RESUELVE
Primero. ABSTENERSE de asumir conocimiento de la solicitud de modulación de los resolutivos séptimo, octavo y vigesimoctavo de la Sentencia T-106 de 2025 presentada por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, que fue remitida a la Corte Constitucional mediante el Auto del 27 de agosto de 2025 de la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá.
Segundo. A través de la Secretaría General de la Corte Constitucional, COMUNICAR la presente providencia al solicitante y al Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá.
Tercero. A través de la Secretaría General de la Corte Constitucional, COMUNICAR este Auto y la solicitud de modulación que fue presentada por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible el 26 de agosto de 2025 a la Procuraduría General de la Nación y a la Defensoría del Pueblo para que, en el marco de sus competencias, brinden el apoyo que sea necesario para la verificación y seguimiento del cumplimiento de los resolutivos séptimo, octavo y vigesimoctavo de la Sentencia T-106 de 2025.
Cuarto. ADVERTIR al solicitante que contra esta decisión no procede recurso alguno.
Notifíquese, comuníquese y cúmplase.
LINA MARCELA ESCOBAR MARTÍNEZ
Magistrada
VLADIMIR FERNÁNDEZ ANDRADE
Magistrado
JORGE ENRIQUE IBÁÑEZ NAJAR
Magistrado
ANDREA LILIANA ROMERO LOPEZ
Secretaria General
