RESUELVE
PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Resguardo Indígena Totarco Tamarindo del municipio de Coyaima (Tolima) y el Juzgado 004 Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Ibagué (Tolima), en el sentido de DECLARAR que la jurisdicción ordinaria, en su especialidad penal, representada por el Juzgado 004 Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Ibagué (Tolima) es la autoridad competente para conocer del proceso penal seguido en contra de Alberto, por la presunta comisión del delito de actos sexuales con menor de catorce años agravado.
SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-6951 al Juzgado 004 Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Ibagué (Tolima) para lo de su competencia y para que comunique esta decisión a las autoridades del Resguardo Indígena Totarco Tamarindo del municipio de Coyaima (Tolima) y a los sujetos procesales e intervinientes dentro del proceso.
Notifíquese, comuníquese y cúmplase.
JORGE ENRIQUE IBÁÑEZ NAJAR
Presidente
NATALIA ÁNGEL CABO
Magistrada
CARLOS CAMARGO ASSIS
Magistrado
HECTOR ALFONSO CARVAJAL LONDOÑO
Magistrado
JUAN CARLOS CORTÉS GONZÁLEZ
Magistrado
LINA MARCELA ESCOBAR MARTÍNEZ
Magistrada
VLADIMIR FERNÁNDEZ ANDRADE
Magistrado
PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA
Magistrada
MIGUEL POLO ROSERO
Magistrado
ANDREA LILIANA ROMERO LOPEZ
Secretaria General
