RESUELVE
Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 081 Civil Municipal de Bogotá y el Juzgado 032 Administrativo de Bogotá, Sección Tercera, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 081 Civil Municipal de Bogotá, es la autoridad competente para conocer la demanda de responsabilidad civil extracontractual instaurada por la señora Lediz Julieth Valbuena y el señor Oscar Armando Valbuena contra la Empresa de Transporte del Tercer Milenio -Transmilenio S.A. y el Sistema Integrado de Provisión de Flota SI2018-SUBA S.A.S.
Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-7035 al Juzgado 081 Civil Municipal de Bogotá para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión al Juzgado 032 Administrativo de Bogotá, Sección Tercera, a los sujetos procesales e interesados.
Notifíquese, comuníquese y cúmplase.
JORGE ENRIQUE IBÁÑEZ NAJAR
Presidente
NATALIA ÁNGEL CABO
Magistrada
CARLOS CAMARGO ASSIS
Magistrado
HECTOR ALFONSO CARVAJAL LONDOÑO
Magistrado
JUAN CARLOS CORTÉS GONZÁLEZ
Magistrado
LINA MARCELA ESCOBAR MARTÍNEZ
Magistrada
VLADIMIR FERNÁNDEZ ANDRADE
Magistrado
PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA
Magistrada
MIGUEL POLO ROSERO
Magistrado
ANDREA LILIANA ROMERO LOPEZ
Secretaria General
