RESUELVE
PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el Auto No. 387 del 22 de agosto de 2025, proferido por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín, dentro de la acción de tutela promovida por la señora Ángela María Layos contra la ARL Positiva.
SEGUNDO. REMITIR el expediente ICC-5133 a la Sala Primera de Decisión de Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín para que, de forma inmediata, tramite y adopte la decisión a que haya lugar en relación con la acción de tutela promovida por la señora Ángela María Layos contra la ARL Positiva.
TERCERO. ADVERTIR a la Sala Primera de Decisión de Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín que se abstenga de argumentar su falta de competencia con fundamento en reglas de reparto y, por lo tanto, decida conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional en materia de conflictos de competencia.
CUARTO. ADVERTIR a la Sala Primera de Decisión de Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín que, en lo sucesivo, adecúe sus actuaciones en materia de competencia de tutela al principio de perpetuatio jurisdictionis y, en consecuencia, se abstenga de declarar la nulidad de lo actuado y modificar la competencia en primera o en segunda instancia.
QUINTO. ADVERTIR al Juzgado 042 Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Medellín que siempre que considere que existe un conflicto de competencia en materia de tutela este debe ser resuelto, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, por lo cual debe observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, expuestas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550 de 2018 de esta Corporación.
SEXTO. Por la Secretaría General de la Corporación, COMUNICAR la decisión adoptada en esta providencia a la parte accionante y a las autoridades involucradas.
Notifíquese, comuníquese y cúmplase.
JORGE ENRIQUE IBÁÑEZ NAJAR
Presidente
NATALIA ÁNGEL CABO
Magistrada
JUAN JACOBO CALDERÓN VILLEGAS
Magistrado (e)
HECTOR ALFONSO CARVAJAL LONDOÑO
Magistrado
JUAN CARLOS CORTÉS GONZÁLEZ
Magistrado
LINA MARCELA ESCOBAR MARTÍNEZ
Magistrada
VLADIMIR FERNÁNDEZ ANDRADE
Magistrado
PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA
Magistrada
MIGUEL POLO ROSERO
Magistrado
ANDREA LILIANA ROMERO LOPEZ
Secretaria General
