Auto Constitucional A 037/12

Fecha: 05-Mar-2012

1. Que mediante la Sentencia T-025 de 2004 la Corte Constitucional declaró la existencia de un estado de cosas inconstitucional en materia de desplazamiento forzado interno, al constatar la vulneración masiva, sistemática y grave de los derechos fundamentales de la población desplazada en el país, principalmente, por encontrar una precaria capacida...

Auto Constitucional A 043/12

Fecha: 05-Mar-2012

1. Mediante la Sentencia T-760 del 31 de julio de 2008, la Corte Constitucional profirió diversas órdenes dirigidas a las autoridades del Sistema General de Seguridad Social en Salud, con la finalidad de que fueran adoptadas medidas para corregir las fallas de regulación detectadas por esta Corporación. “Ordenar al Ministerio de la Protección Socia...

Auto Constitucional A 044/12

Fecha: 05-Mar-2012

1. En la sentencia T-760 de 2008 esta Corporación tomó una serie de decisiones dirigidas a las autoridades del Sistema General de Seguridad Social en Salud, con el fin de que se adoptaran las medidas necesarias para corregir las fallas de regulación identificadas a partir del análisis de los casos concretos acumulados en dicha providencia. 2. Del e...

Auto Constitucional A 045/12

Fecha: 07-Mar-2012

1. La Corte Constitucional es competente para seguir conociendo de la cabal ejecución de la sentencia T-025 de 2004 y sus autos de cumplimiento, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 27 del Decreto 2591 de 1991 que consagra: “el juez (…) mantendrá la competencia hasta que esté completamente restablecido el derecho o eliminadas las causas ...

Auto Constitucional A 046/12

Fecha: 07-Mar-2012

Primero.- DISPONER que de manera previa a la celebración de la audiencia pública citada mediante Auto 033 de febrero 17 de 2012 , se realice, por los tres magistrados que integran la Sala Cuarta de Revisión, una inspección judicial en el sitio del Proyecto Puerto Brisa, la cual tendrá lugar el día 23 de marzo de 2012, entre las 7:30 y las 9:00 a.m....

Auto Constitucional A 047/12

Fecha: 07-Mar-2012

1. La jurisprudencia de la Corte Constitucional ha sostenido que la solución de los conflictos de competencia en materia de tutela, corresponde al superior jerárquico común de las autoridades judiciales entre las cuales se presenta dicha discusión. Por esta razón, la competencia de la Sala Plena para conocer y dirimir esta clase de conflictos, debe...

Auto Constitucional A 048/12

Fecha: 07-Mar-2012

2.1. Efectuado el reparto de los expedientes ICC-1788, 1789, 1792 y 1798, el Juzgado Décimo de Familia de Medellín, resolvió devolver las acciones de tutela a la Oficina de Apoyo Judicial[2], a fin de que se reasignaran entre los Tribunales Superiores, Administrativos y Consejo Seccionales de la Judicatura, de ese Distrito Judicial, conforme a las ...

Auto Constitucional A 049/12

Fecha: 07-Mar-2012

De acuerdo con la jurisprudencia de la Corte Constitucional, la Sala Plena de esta corporación puede conocer y dirimir los presuntos conflictos de competencia que se susciten en materia de tutela, en los casos en que las autoridades judiciales involucradas carezcan de superior jerárquico común. En ese sentido, el expediente deberá ser remitido a es...

Auto Constitucional A 050/12

Fecha: 08-Mar-2012

El señor Hernán Duarte Parrado instauró, acción de tutela para que, como mecanismo transitorio, se le protegiera sus derechos fundamentales al debido proceso, a la igualdad, al mínimo vital, a la vida digna, al trabajo y a la seguridad social, presuntamente vulnerados por el Instituto de Seguro Social – ISS -, quien mediante Resolución 011574 de 29...

Auto Constitucional A 051/12

Fecha: 12-Mar-2012

En la sentencia T-790 de 2010, dictada por la Sala Séptima de Revisión de Tutelas de la Corte, se revisaron los fallos proferidos dentro de la acción de tutela interpuesta por Manuel de Bernardi Campora contra el tribunal de arbitramento conformado por los árbitros Luís Fernando Muñoz Ochoa, Luís Alfredo Barragán y Juan Alberto Guillermo Sánchez, y...

Auto Constitucional A 053/12

Fecha: 12-Mar-2012

Los señores Álvaro Bailarín, Benerito Domico, Hugo Rentería Durán, Germán Pernía, Argemiro Bailarín Bailarín, José Miguel Majore Bailarín, Zaginimbi Bailarín, Macario Cuñapa Bailarín, Andrés Domico y Javier Bailarín Carupia (miembros de la Comunidad Bachidubi, Resguardo Río Murindó), interpusieron tutela en abril 23 de 2009, contra los entonces Min...

Auto Constitucional A 054/12

Fecha: 14-Mar-2012

1. La jurisprudencia de la Corte Constitucional ha sostenido que la solución de los conflictos de competencia en materia de tutela, corresponde al superior jerárquico común de las autoridades judiciales entre las cuales se presenta dicha discusión. Por esta razón, la competencia de la Sala Plena para conocer y dirimir esta clase de conflictos, debe...

Auto Constitucional A 055/12

Fecha: 14-Mar-2012

“CUARTO.- En el expediente T-3005236, REVOCAR la sentencia de tutela proferida en segunda instancia por la Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil-, el 21 de febrero de 2011, que a su vez revocó la sentencia proferida en primera instancia por el Tribunal Superior de Bogotá - Sala Civil-, el 18 de enero de 2011, y en su lugar CONCEDER el ...

Auto Constitucional A 056/12

Fecha: 14-Mar-2012

1.1.2. Providencias de los jueces de instancia en tutela: los asuntos correspondieron por reparto al Juzgado Quinto Laboral del Circuito de Medellín, el cual mediante autos de fechas 18 y 30 de enero de 2012, declaró su incompetencia para conocer sobre la tutela por considerar que al haberse transformado Acción Social en el Departamento Administrat...

Auto Constitucional A 057/12

Fecha: 14-Mar-2012

Los ciudadanos (as) Laura Isabel Gallo, Jinú Carvajalino y Fernando Galeano presentaron acción pública de inconstitucionalidad contra los artículos 6, 7, 8, 9, 12, 13, 14, 15, 17, 18, 19, 20 y 32 de la Ley 842 de 2003, al considerar que la exigencia de la matrícula profesional para ejercer la ingeniería en los términos previstos por la normatividad...

Auto Constitucional A 058/12

Fecha: 14-Mar-2012

Cuando uno cualquiera de aquellos requisitos no se encuentra satisfecho en la demanda, el Magistrado Sustanciador debe proceder a su inadmisión indicando al ciudadano que le asiste el derecho de corregirla (art. 2º Decreto 2067 de 1991). De esta manera, dentro los de tres días siguientes a la notificación del auto respectivo podrán subsanarse los e...

Auto Constitucional A 059/12

Fecha: 14-Mar-2012

De conformidad con el artículo 6º del Decreto 2067 de 1991, el magistrado sustanciador rechazará las demandas contra normas legales, respecto de las cuales sea incompetente. Así, la citada norma determina que: “Se rechazarán las demandas que recaigan sobre normas amparadas por una sentencia que hubiera hecho tránsito a cosa juzgada o respeto de las...

Auto Constitucional A 060/12

Fecha: 15-Mar-2012

Cuarto.- TUTELAR el derecho fundamental al debido proceso del señor Javier Ignacio Játiva García. Como consecuencia de lo anterior, dejar sin efectos el Decreto N° 4722 de diciembre de 2007 y ORDENAR a la Dirección General de la Policía Nacional, que expida nuevamente el acto administrativo el cual deberá ser motivado y puesto en conocimiento del s...

Auto Constitucional A 061/12

Fecha: 31-Mar-2012

1. En sentencia de tutela T- 726 de 2010 esta Sala resolvió amparar los derechos fundamentales al debido proceso y a la defensa de Ricardo Montealegre Molina y ordenar al Juzgado Cuarenta y Siete Civil Municipal de Bogotá que dentro de los quince (15) días siguientes a la notificación de esta decisión, de acuerdo con los lineamientos expuestos en e...

Auto Constitucional A 062/12

Fecha: 21-Mar-2012

1. Mediante escrito recibido en la Secretaría General de la Corte Constitucional en febrero 27 de este año, el señor Manuel Gustavo González Grillo hizo referencia a cómo la sentencia T-559 de julio 14 de 2011, proferida por la Sala Sexta de Revisión de esta corporación, no ha sido cumplida por el accionado (Instituto de Seguros Sociales, ISS), lo ...