III. DECISIÓN
En mérito de lo expuesto, la Sala Plena de la Corte Constitucional, administrando justicia en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución Política,
RESUELVE
Primero. REVOCAR PARCIALMENTE la sentencia de segunda instancia adoptada el 13 de julio de 2018 por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín, en tanto i) declaró la carencia actual de objeto respecto del deber de retirar la noticia de la página de Noticias Uno y de su canal de YouTube y ii) confirmó la sentencia de primera instancia emitida el 28 de mayo de 2018 por el Juzgado Séptimo Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Medellín en el asunto de la referencia, que concedió la protección invocada. En su lugar, NEGAR por las razones anotadas en esta decisión, el amparo de los derechos a la honra y al buen nombre del señor Luis Alfredo Ramos Botero, respecto de los accionados noticiero Noticias Uno y el periodista Ignacio Gómez Gómez.
Segundo. DECLARAR que existió vulneración del derecho fundamental al debido proceso del señor Luis Alfredo Ramos Botero, materializada en la filtración del borrador de ponencia del caso No. 35691, seguido en la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia en contra del aquí actor, hecho cometido por personas en averiguación. Sin embargo, no se expedirán órdenes de protección por presentarse el fenómeno procesal de la carencia actual de objeto por daño consumado. La Corte Constitucional declara que esta sentencia constituye por sí misma una forma de reparación.
Tercero. COMPULSAR COPIAS de la presente actuación a la Procuraduría General de la Nación y a la Fiscalía General de la Nación para que, en el ejercicio de su funciones, lleven a cabo las actuaciones a que haya lugar ante la filtración del proyecto de sentencia del despacho del magistrado sustanciador de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, dentro del proceso No. 35691 seguido al señor Luis Alfredo Ramos Botero.
Cuarto. NO ACCEDER a la solicitud de Google LLC en el sentido de “corregir los vicios de forma en torno a su vinculación”, de conformidad con lo expuesto en la parte considerativa de esta sentencia.
Quinto. Por Secretaría General de la Corte Constitucional, líbrense las comunicaciones correspondientes
Notifíquese, comuníquese y cúmplase.
GLORIA STELLA ORTIZ DELGADO
Presidenta
CARLOS BERNAL PULIDO
Magistrado
DIANA FAJARDO RIVERA
Magistrada
Con aclaración de voto
LUIS GUILLERMO GUERRERO PÉREZ
Magistrado
ALEJANDRO LINARES CANTILLO
Magistrado
Ausente en comisión
ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO
Magistrado
CRISTINA PARDO SCHLESINGER
Magistrada
Ausente en comisión
JOSÉ FERNANDO REYES CUARTAS
Magistrado
ALBERTO ROJAS RÍOS
Magistrado
MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ
Secretaria General
