Sentencia C-036/20
Corte Constitucional de Colombia

Sentencia C-036/20

Fecha: 05-Feb-2020

II. LA DEMANDA

A juicio de la demandante, la disposición acusada vulnera el artículo 13 de la Constitución, por las siguientes razones:

Afirma, en primer lugar, que impone un trato diferente entre las personas vinculadas laboralmente para prestar servicios domésticos o como choferes de servicio familiar y las demás contratadas para prestar otro tipo de servicios mediante contratos a término definido, debido a que el término con el cual se debe realizar el preaviso sobre la terminación de la relación laboral varía injustificadamente. En efecto, indica que mientras a los primeros el preaviso se les debe realizar con una anticipación “de quince (15) días” antes de finalizar el vínculo[3], para los segundos es de treinta (30) días[4].

Argumenta, en segundo lugar, que la disposición demandada no supera el test de igualdad, que según la Corte Constitucional (i) exige establecer el criterio de comparación o tertium comparations; (ii) determinar si en el plano fáctico y jurídico existe un trato igual entre desiguales o desigual entre iguales; y (iii) la justificación constitucional del trato diferente, pues en su criterio la norma demandada otorga un trato discriminatorio al servicio doméstico y a los choferes de familia.

Finalmente, la demandante solicita la integración normativa de la disposición demandada con el artículo 7 del Decreto Ley 2351 de 1965.