DISPONEMOS:
Se estima el recurso del Ministerio Fiscal y parcialmente el interpuesto por interpuesto por la Letrada Sra. Morán Rodríguez, en nombre y representación de Leoncio , contra el auto dictado el día 5.12.2021, aclarado en auto de 27.12.2021, y en consecuencia se deja sin efecto lo acordado en esas resoluciones y en su lugar se acuerda: Denegar la entrega a las autoridades de Italia de Leoncio , solicitada para cumplir la pena acumulada de 11 años, 4 meses y 18 días de prisión, resultante de la acumulación realizada en la orden de ejecución de la Fiscalía del Tribunal de Turín de 11.02.2021 de la sentencia 1194/15 del Tribunal de Turín, que le condenó en sentencia de 27.07.2015 a la pena de 3 años de prisión y multa (de la que le quedan por cumplir 2 años, 5 meses y 28 días) y de la sentencia 5965/19 del Tribunal de Apelación de Turín, que le condenó en sentencia de 24.07.2019, firme el 12.01.2021, a la pena de 8 años, 10 meses y 20 días de prisión y multa. Se acuerda la ejecución de la pena privativa de libertad en España, para lo cual se remitirá el procedimiento al Juzgado Central de lo Penal. Contra esta resolución no cabe recurso. Lo mandan y firman los miembros del Tribunal. E / Dictado ante mí; doy fe.- PUBLICACIÓN: En la misma fecha fue leída y publicada la anterior resolución por el Ilmo. Sr/a. Magistrado que la dictó, celebrando Audiencia Pública. Doy fe. DILIGENCIA: Seguidamente se procede a cumplimentar la notificación de la anterior resolución. Doy fe.
