SAN 5622/2021
Poder Judicial España

SAN 5622/2021

Fecha: 27-Dic-2021

FALLAMOS

1º.- ESTIMAR PARCIALMENTE el recurso contencioso administrativo interpuesto por el Procurador D. Javier Bueno Guezala, en nombre y representación de D. Constantino , frente al Acuerdo del Tribunal Económico- Administrativo Central de 21 de noviembre de 2019, que anulamos, únicamente en cuanto a la segunda infracción por los hechos ocurridos el 1 de agosto de 2016 objeto de la reclamación NUM003 , con desestimación del recurso en lo demás.
2º.- Sin imposición de costas a ninguna de las partes. Así por esta nuestra Sentencia que mandamos y firmamos, y que se notificará en la forma prevenida por el art. 248 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y que es susceptible de recurso de casación que deberá prepararse ante esta Sala en el plazo de 30 días contados desde el siguiente al de su notificación; en el escrito de preparación del recurso deberá acreditarse el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 89.2. de la Ley de la Jurisdicción justificando el interés casacional objetivo que presenta. Lo que pronunciamos, mandamos y firmamos.