Fallo
En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que le confiere la Constitución de la Nación española, ha decidido desestimar el recurso de amparo interpuesto por don Simón Viñals Pérez.
Publíquese esta sentencia en el “Boletín Oficial del Estado”.
Dada en Madrid, a quince de febrero de dos mil veintiuno.
