Fallo
En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que le confiere la Constitución de la Nación española, ha decidido estimar el recurso de amparo interpuesto por la entidad mercantil Izo Corporate, S.L., y en consecuencia:
1º Declarar vulnerado el derecho a la tutela judicial efectiva sin indefensión (art. 24.1 CE).
2º Restablecer a los recurrentes en sus derechos y, a tal fin, declarar la nulidad de la sentencia de 13 de diciembre de 2018 y el auto de 5 de marzo de 2019, ambos de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, dictada en el procedimiento de nulidad de laudo arbitral núm. 45-2018.
3º Retrotraer las actuaciones al momento anterior al dictado de la primera resolución citada para que se resuelva de forma respetuosa con los derechos fundamentales cuya vulneración se declara.
Publíquese esta sentencia en el “Boletín Oficial del Estado”.
Dada en Madrid, a quince de marzo de dos mil veintiuno.