ACUERDA
Por lo expuesto, la Sala
1º No haber lugar a dar trámite de alegaciones a doña Isabel Reyes Reyes en la presente pieza de suspensión.
2º Otorgar la medida cautelar solicitada por el demandante de amparo y, por tanto, ordenar la suspensión, únicamente en cuanto a la pena privativa de libertad, de la sentencia de 29 de junio de 2020 de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Jaén, rollo de apelación penal 893-2019, desestimatoria del recurso de apelación formulado contra la sentencia de 25 de julio de 2019 del Juzgado de lo Penal núm. 4 de Jaén procedimiento abreviado 288-2017.
Madrid, a diecinueve de abril de dos mil veintiuno.
