Fallo
En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que le confiere la Constitución de la Nación española, ha decidido desestimar el recurso de amparo interpuesto por la entidad D.P.G. Redacción y Administración, S.L.
Publíquese esta sentencia en el “Boletín Oficial del Estado”.
Dada en Madrid, a treinta y uno de mayo de dos mil veintiuno.
