Tribunal Constitucional de España

Tribunal Constitucional de España

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AUTO 1/1980, de 11 de agosto

Fecha: 11-Ago-1980

Único. La concurrencia de los motivos de inadmisión que señaló la providencia de 18 de julio del año actual, y la petición que ahora hace el recurrente de que se archive el recurso porque se ha satisfecho su derecho, justifican que demos por terminado este asunto, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 50 y 86 de la LOTC, por darse tanto...

AUTO 1/1981, de 9 de enero

Fecha: 09-Ene-1981

1. El recurrente ha dejado transcurrir el plazo que se le concedió de conformidad con el articulo 85-2 de la LOTC, para que compareciera por medio de Procurador y bajo la dirección de Letrado, o acreditara que es Licenciado en Derecho, y para que justificara haber agotado la via judicial procedente. Tampoco ha hecho alegaciones en el plazo concedi...

AUTO 1/1982, de 13 de enero

Fecha: 13-Ene-1982

Único. La solicitante ha dejado transcurrir el plazo de diez días sin presentar la relación circunstanciada que previene el art. 41 de la L.E.C., por lo que no puede continuar el curso de estas actuaciones, por cuanto la relación circunstanciada es necesaria para pasarla al estudio del Letrado, tal como previene el art. 42 de la misma Ley, precept...

AUTO 1/1983, de 4 de enero

Fecha: 04-Ene-1983

Único. El recurso de aclaración que ha presentado el señor Maldonado Nausia comprende dos partes bien diferenciadas: una, de rectificación de errores materiales (págs. 13 y 17); otra, de modificaciones en el texto de la Sentencia. Respecto de los primeros, advertidos de oficio o por indicación del recurrente, deben ser corregidos. Pero las modific...

AUTO 1/1984, de 11 de enero

Fecha: 11-Ene-1984

Único. Es notoria la contradicción en que incurre el demandante de amparo al afirmar, por un lado, que la lesión del derecho constitucional invocado le afecta a él mismo como Abogado y no a su cliente y al entender simultáneamente, por otro, que la legitimación para interponer el presente recurso correspondería, en tal situación, al Ministerio Fis...

AUTO 1/1985, de 9 de enero

Fecha: 09-Ene-1985

Único. Aunque la mayor parte de la argumentación que apoya la petición del recurrente en el presente caso va dirigida a demostrar la injusticia de la que éste cree haber sido víctima en virtud de una defectuosa apreciación de los hechos por parte de los Tribunales del orden laboral, injusticia que en rigor tendría su origen en la Sentencia del Tri...

AUTO 1/1986, de 8 de enero

Fecha: 08-Ene-1986

1. El presente amparo no puede tener otro contenido que el relativo a la impugnación de los actos administrativos, recurridos primero en vía contenciosa administrativa, y luego traídos al amparo constitucional por la vía del artículo 43 de la LOTC. La ampliación que en el trámite de admisión (el del artículo 50 de la LOTC) se ha querido hacer para...

AUTO 1/1987, de 9 de enero

Fecha: 09-Ene-1987

Único. - A la vista de las resoluciones de la Diputación Provincial de Barcelona aportadas por el recurrente en cumplimiento de lo interesado en la providencia de 16 de julio de 1986, y de las alegaciones por él formuladas respecto de la causa de inadmisión del artículo 50.2.b) de la que fue advertido en la misma providencia, no resulta manifiesta...

AUTO 1/1988, de 11 de enero

Fecha: 11-Ene-1988

Único. Aunque se ha subsanado el motivo relativo a la falta de acompañamiento de la copia de las resoluciones impugnadas, subsiste el otro motivo de inadmisión de falta de contenido constitucional de la demanda. El demandante de amparo sólo invoca como infringido el artículo 14 de la Constitución pues entiende que las resoluciones impugnadas, que ...

AUTO 1/1989, de 12 de enero

Fecha: 12-Ene-1989

Único. - En el presente recurso de amparo resulta evidente que la ejecución de la Sentencia impugnada no puede ocasionar al demandante perjuicio alguno que haga perder al amparo su finalidad, como el art. 56.1 LOTC exige para que proceda acordar la suspensión del acto objeto del recurso, toda vez que, según señala el Ministerio Fiscal, existen med...

AUTO 1/1990, de 11 de enero

Fecha: 11-Ene-1990

Único. El inicial defecto formal, que se puso de manifiesto mediante la providencia de 13 de noviembre pasado, ha sido subsanado por el demandante a través de la aportación del testimonio correspondiente a la diligencia de notificación de la última de las resoluciones judiciales que se impugnan mediante el recurso. Ha de decaer, por tanto, esa pri...

AUTO 1/1993, de 11 de enero

Fecha: 11-Ene-1993

1. Concurre en el presente caso el motivo de inadmisión previsto en el art. 50. 1 c) de la LOTC, consistente en carecer la demanda manifiestamente de contenido que justifique una resolución sobre el fondo por parte de este Tribunal. 2. Basta la lectura del escrito de demanda para comprobar que toda la argumentación del recurrente se basa únicament...

AUTO 1/1996, de 8 de enero

Fecha: 08-Ene-1996

Único. A la vista de las alegaciones del recurrente en amparo y del Ministerio Público, debemos confirmar nuestra impresión inicial en el sentido de que efectivamente la demanda carece manifiestamente de contenido constitucional, y por ello debe ser inadmitida. En relación con la denunciada violación del art. 23.2 C.E., no se aprecia en la decisió...

AUTO 1/1997, de 13 de enero

Fecha: 13-Ene-1997

1. El art. 56 LOTC establece, en su primer inciso, que la ejecución del acto de los poderes públicos por razón del cual se reclama el amparo constitucional sólo se suspenderá cuando el mismo hubiere de ocasionar un perjuicio que haría perder al amparo su finalidad. En su segundo inciso consagra una excepción a esta posibilidad de suspensión, al pr...

AUTO 1/1998, de 12 de enero

Fecha: 12-Ene-1998

1. . En esta resolución procedemos a dar respuesta a dos pretensiones de orden procesal. La revocatoria de la providencia de 2 de diciembre de 1996 en cuanto rechazaba la ampliación de la demanda de amparo, articulada mediante el correspondiente recurso de súplica interpuesto por los demandantes, y la de recibimiento del proceso a prueba, deducida...

AUTO 1/2000, de 10 de enero

Fecha: 10-Ene-2000

1. A la vista de las alegaciones formuladas por la demandante y el Ministerio Fiscal, procede corroborar nuestra inicial apreciación, manifestada en la providencia de 7 de octubre de 1996, sobre la concurrencia de la causa de inadmisión prevista en el apartado c) del art. 50.1 LOTC, consistente en carecer la demanda manifiestamente de contenido qu...

AUTO 1/2002, de 14 de enero

Fecha: 14-Ene-2002

Único. De conformidad con lo dispuesto en el art. 57 LOTC, la decisión que inicialmente se hubiere adoptado sobre la suspensión interesada de la ejecución de la resolución recurrida en amparo, puede "ser modificada durante el curso del juicio de amparo constitucional, de oficio o a instancia de parte, en virtud de circunstancias sobrevenidas o que...

AUTO 1/2009, de 12 de enero

Fecha: 12-Ene-2009

1. A través de la presentación de una demanda de amparo que la Sección Tercera de este Tribunal acordó elevar a la Sala Primera para su tramitación, de conformidad con el art. 92 LOTC, como incidente de ejecución de nuestra STC 3/2007, de 15 de enero, según se ha hecho constar en los antecedentes, la recurrente impugna la Sentencia del Juzgado de ...

AUTO 1/2010, de 11 de enero

Fecha: 11-Ene-2010

1. De acuerdo con lo dispuesto en el art. 56.2 LOTC, “cuando la ejecución del acto o Sentencia impugnados produzca un perjuicio al recurrente que pudiera hacer perder al amparo su finalidad, la Sala, o la Sección en el supuesto del artículo 52.2, de oficio o a instancia del recurrente, podrá disponer la suspensión, total o parcial, de sus efectos,...

AUTO 1/2011, de 14 de febrero

Fecha: 14-Feb-2011

1. De acuerdo con lo dispuesto en el art. 56.2 LOTC, “cuando la ejecución del acto o Sentencia impugnados produzca un perjuicio al recurrente que pudiera hacer perder al amparo su finalidad, la Sala, o la Sección en el supuesto del artículo 52.2, de oficio o a instancia del recurrente, podrá disponer la suspensión, total o parcial, de sus efectos,...