Encabezado
Edición provisional
CONCLUSIONES DEL ABOGADO GENERAL
M.CAMPOS SÁNCHEZ-BORDONA
presentadas el 9de diciembre de 2021(1)
Asunto C‑570/20
BV
contra
Direction départementale des finances publiques de la Haute-Savoie
[Petición de decisión prejudicial planteada por la Cour de cassation (Tribunal de Casación, Francia)]
«Cuestión prejudicial— Derechos fundamentales— Artículo 50 y artículo 52 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea— Impuesto sobre el valor añadido (IVA)— Directiva 2006/112/CE— Legislación nacional que prevé la acumulación de sanciones administrativas y penales por los mismos hechos— Exigencias del principio ne bis in idem— Claridad y previsibilidad— Necesidad y proporcionalidad»
1.Una vez más se suscitan ante el Tribunal de Justicia los problemas derivados de la acumulación de sanciones administrativas y penales, impuestas a una misma persona por los mismos hechos para castigar, simultánea o sucesivamente, infracciones tributarias que conciernen, entre otros, al impuesto sobre el valor añadido («IVA»).
2.En las sentencias de 20 de marzo de 2018, Menci,(2) y Garlsson Real Estate y otros,(3) el Tribunal de Justicia precisó las condiciones que ha de reunir una normativa nacional para limitar, con arreglo al artículo 52, apartado 1, de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea («Carta»), el derecho fundamental a no ser sancionado dos veces por los mismos hechos, que garantiza el artículo 50 de la Carta.
3.En este reenvío prejudicial, la Cour de cassation (Tribunal de Casación, Francia) duda de que las normas nacionales sobre las que ha de apoyar su pronunciamiento sean acordes con la doctrina del Tribunal de Justicia, en lo que atañe específicamentea:
—la claridad y la precisión de las disposiciones que permiten la acumulación de procedimientos y sanciones;y
—la proporcionalidad entre la gravedad de la infracción cometida, por un lado, y la gravedad del conjunto de las sanciones acumuladas, porotro.
